Andalucía alivia los trámites para la reactivación de los chiringuitos cerrados

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La Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible ha informado al Consejo de Gobierno de las actuaciones que tiene previsto poner en marcha, en el ámbito de sus competencias en gestión del litoral, para contribuir a la reactivación económica de las actividades de servicios a usuarios de playas afectados por la pandemia de Covid-19. Entre otros negocios, este sector incluye a chiringuitos, restaurantes, kioscos y entidades dedicadas al alquiler de hamacas o a iniciativas náutico-recreativas en el litoral.



La declaración del estado de emergencia en España para evitar la propagación del coronavirus ha impedido que estas empresas puedan desarrollar su actividad durante los primeros meses del año incluyendo la Semana Santa, uno de los momentos de mayor afluencia de turismo a las costas andaluzas. En cuanto a las expectativas sobre el resto de la temporada, existe un alto grado de incertidumbre sobre la afección que tendrá la desescalada en las empresas del litoral, teniendo en cuenta que, dadas las circunstancias actuales y el tiempo que podría transcurrir antes de recuperar el turismo internacional, no es probable que se produzca una recuperación rápida.


Ante esta complicada situación, la Consejería con competencias en materia de desarrollo sostenible ha decidido ampliar un año la vigencia de las concesiones de ocupación del dominio público marítimo terrestre de las empresas que prestan servicios a los ciudadanos en las playas de Andalucía. Esta extensión se aplicará a todos aquellos empresarios que soliciten este permiso en 2020 y que, al hacerse efectiva esta ampliación, no excedan el tiempo máximo de concesión establecido en el reglamento de aplicación.


Asimismo, la Junta permitirá en la presente temporada, de forma extraordinaria, el montaje de las instalaciones y el desarrollo de las actividades contempladas en planes de playas que se encuentren en tramitación por haber vencido en 2019. El objetivo de esta medida es que la suspensión de plazos administrativos impuesta por las limitaciones derivadas del estado de alarma no suponga una merma de la rentabilidad de las empresas que desarrollan su actividad en las playas.


Esta autorización extraordinaria posibilitará a los locales y entidades del litoral volver a la actividad cuando lo permitan las autoridades sanitarias, siempre que mantengan las mismas condiciones que tenían aprobadas con anterioridad (tipo de uso, superficie, ubicación, etc). En cuanto a su duración, la validez concluirá una vez que se resuelva el expediente de autorización en tramitación, momento en el que las empresas se acogerán a las condiciones contempladas en el nuevo título de ocupación.